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El programa Xpande Digital apoya la internacionalización de las PYMES y autónomos riojanos a través del marketing digital.

En esta convocatoria extraordinaria 2020 el presupuesto elegible por empresa es de 4.000 €, que serán financiados al 100% por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional - FEDER-, Una manera de hacer Europa-.

El programa Xpande Digital se inscribe en el Objetivo Temático 3 "Mejorar la competitividad de las Pequeñas y Medianas Empresas" del Programa Operativo de Crecimiento Inteligente para el periodo de programación 2014-2020.

Más abajo encontrarán la convocatoria íntegra publicada en la Base Nacional de Subvencionaes, así como de sus Anexos. También el extracto publicado en el Boletín Oficial de La RiojaRecomendamos lectura completa de todos estos documentos. A continuación recogemos, a modo de resumen no vinculante, alguno de los elementos clave:

¿Qué conceptos son elegibles? Exclusivamente las acciones de marketing digital destinadas a la internacionalización de la empresa:

  • Asesoramiento especializado en estrategias de marketing digital y sus actuaciones.
  • Elaboración de página web, microsite, tienda on line, App y otras plataformas tecnológicas a posicionar en mercados internacionales para promocionar a la empresa y/o sus productos/servicios.
  • Diseño y creación de campañas on line (SEM) en Google AdWords y otros buscadores, así como contratación de publicidad on line. Gasto CPC/CPM de campañas.
  • Diseño y creación de campañas de promoción y publicidad en Marketplaces en el país objetivo (Amazon, Google Shopping,...).
  • Modificación, ampliación y reforma de la web respecto a posicionamiento orgánico (SEO).
  • Preparación de la Analítica Web: integración general, configuración de objetivos y conversiones, creación de un panel de control personalizado.
  • Acciones de generación de contenidos "content marketing".
  • Acciones de Email Marketing: herramientas digitales para reforzar estrategia de captación, desarrollo y fidelización de clientes y potenciales.
  • Diseño y creación de campañas en Redes Sociales (SMM). Gasto CPC/CPM de Campañas.
  • Creación y diseño de landing pages y microsites.
  • Alta en directorios y/o marketplaces.
  • Compra de dominios.
  • Edición y creación de vídeos para redes sociales.
  • Traducciones.

Los gastos enumerados con anterioridad deberán destinarse exclusivamente al posicionamiento en el mercado internacional seleccionado previamente por la empresa y editarse al menos en un idioma extranjero (salvo en los casos de empresas cuyos mercados objetivos sean exclusivamente aquellos en idioma oficial español y que deberán ser autorizados previamente por la Cámara de Comercio, Industria y Servicios de La Rioja), bajo la marca y nombre de la empresa española.

En el Anexo IV, adjuntado más abajo, se detalla el entregable al que debe ir asociado cada gasto elegible a los efectos de presentación de la justificación necesaria para el cobro de la ayuda.

Los beneficiarios deberán informar de la financiación europea a través de la inserción del logo del Fondo Europeo de Desarrollo Regional en todos los materiales elegibles. NO SERÁN SUBVENCIONABLES EN EL MARCO DEL PROGRAMA XPANDE DIGITAL LOS ENTREGABLES QUE NO INCORPOREN EL LOGO DEL FONDO EUROPEO DE DESARROLLO REGIONAL, UNA MANERA DE HACER EUROPA. La empresa beneficiaría también deberá cumplir todas las evidencias de publicidad, destacando el apoyo financiero de la UE, según se detalla en el Anexo III de la convocatoria.

TODOS LOS GASTOS DEBERÁN ESTAR EJECUTADOS, PAGADOS Y JUSTIFICADOS ANTES DEL 20 DE ENERO DE 2021. SÓLO SE ADMITIRÁN GASTOS DE FECHA POSTERIOR A LA RESOLUCIÓN DE ADMISIÓN EN EL PROGRAMA XPANDE DIGITAL.

¿Qué requisitos deben cumplir los beneficiarios?

  • Ser PYME.
  • Estar dada de alta en el censo IAE.
  • Ser una empresa industrial, comercial y/o de servicios de cualquier sección del IAE, exceptuando las que operen en los sectores de la pesca, la acuicultura, el carbón y la producción primaria de productos agrícolas.
  • No encontrarse incursa en ninguna de las prohibiciones a que hace referencia el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Tener su domicilio social y/o centro productivo en alguno de los municipios de la demarcación de la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de La Rioja.
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
  • Cumplir la norma de mínimis de no haber recibido ayudas de cualquier Administración Pública que sumadas sean superiores a 200.000 € en los 3 últimos años (100.000 € en el caso de empresas que operen en el sector transporte por carretera).
  • Disponer de página Web operativa.
  • Disponer de producto/servicio propio sobre el que se centrará el posicionamiento on-line internacional.
  • Tener decidido un mercado exterior objetivo para posicionar de forma on-line dicho producto o servicio.
  • Cumplir la totalidad de requisitos exigidos en la presente convocatoria.

¿Cómo presentar la solicitud  y en qué plazo?

La solicitud deberá ser telemática en el siguiente enlace: https://sede.camara.es/sede/rioja

La empresa solicitante necesitará certificado electrónico para la tramitación.

Se admitirán solicitudes desde las 9:00 horas del día 10 de noviembre de 2020 hasta las 14:00 horas del día 16 de noviembre de 2020.

En el caso de que no puedan atenderse todas las solicitudes recibidas con el presupuesto disponible, se celebrará un sorteo con carácter público y ante notario.

¿Qué documentación deberá presentar la empresa en la solicitud?

  • Declaración responsable del cumplimiento de las condiciones de participación y de ayudas (ver Anexo II de la convocatoria).
  • DNI del solicitante (en caso de persona física) o DNI del firmante de la solicitud con poderes suficientes (en caso de persona jurídica).
  • En el caso de personas jurídicas: a) Poder de representación de la persona que presenta la solicitud (la persona firmante deberá tener la condición de representante legal de la empresa) y b) Tarjeta de Identificación Fiscal de la Empresa.
  • Certificados de estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, solicitados con la modalidad de la ley de subvenciones.

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